• 25 de noviembre de 2023 23:27

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Navidad y fin de año 2021: ¿24 y 31 de diciembre son feriados?

Los próximos viernes 24 y 31 de diciembre tendrán lugar la Nochebuena previa a la celebración de la Navidad, y el último día del año 2021.


Dic 20, 2021
feriados 24 y 31

En Argentina, el viernes 24 de diciembre no es feriado y tampoco es un día no laborable.


A medida que se acercan días festivos surgen las preguntas respecto a los feriados y días no laborables.

En Argentina, el viernes 24 de diciembre no es feriado y tampoco es un día no laborable. El día que se celebra la Nochebuena es, desde el punto de vista laboral, uno más. En muchos casos, la administración pública da asueto.

Sin embargo, el sábado 25 sí es feriado por Navidad. Junto con el del 8 de diciembre por el Día de la Inmaculada Concepción de María, son los únicos feriados de diciembre.

Asueto para empleados públicos

Sin embargo, el Gobierno oficializó que los empleados públicos tendrán dos días de asueto extra a los previstos en el calendario oficial: el 24 de diciembre, la Nochebuena, y el 31 de diciembre, día previo al comienzo del año nuevo. Así quedó definido tras la publicación en el boletín oficial del decreto 861/2021, firmado por el Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro del Interior, Eduardo Wado de Pedro.

De esta manera, ambas fechas quedan para la administración nacional dentro de los considerandos legales que aplican a los feriados nacionales, que incluye que aquellas personas que sean convocadas a trabajar en esta fecha deberán cobrar el doble de una jornada habitual. Para las personas comprendidas en el decreto que no trabajen, en tanto, las fechas establecidas por el decreto se cobrarán como un día común de trabajo.

Además, por cómo están distribuidas las fechas en este 2021, los flamantes feriados configurarán dos nuevos fines de semana largos para los trabajadores estatales: desde el viernes 24 de diciembre hasta el domingo 26, y desde el viernes 31 de este mes hasta el domingo 2 de enero.

Según aclara el acto administrativo firmado por el Presidente, el asueto no alcanza “a las instituciones bancarias y entidades financieras”, que mantendrán el viejo régimen respecto a estos días tradicionalmente festivos, pero también laborables.

Diferencia entre feriado y no laborable

Los feriados nacionales son aquellos días en los que se conmemoran o se festejan fechas patrióticas, históricas, cívicas o religiosas. Están establecidos por la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semana largos Nº 27.399 Publicada en el Boletín Oficial del 18 de octubre de 2017.

La Ley de Contrato de Trabajo indica que esos días rigen las normas legales sobre el descanso dominical, es decir los trabajadores percibirán el salario correspondiente a un domingo, aun cuando coincida con el último día de la semana.

Por otro lado, hay en el calendario jornadas no laborales en las que la ley establece que el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En estos casos, los trabajadores que presenten servicio percibirán el salario simple.

La diferencia con los feriados radica en que es facultad del empleador trabajarlos o no. Estos días incluyen varios con conmemoraciones religiosas, como por ejemplo el Jueves Santo, que se celebra el primer jueves de abril.

Bajo esta misma modalidad, los 24 de abril se disponen para la conmemoración del genocidio armenio para empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio.

Para los profesantes del judaísmo, los días de Pesaj (a findes de abril y primeros días de marzo), Rosh Hashaná (primeros días de septiembre) y Iom Kipur (mediados de septiembre) son no laborables.

Fuente: con información de Páina 12 y La Nación